Mary Castro
Será el próximo jueves 28 de agosto cuando entre en vigor a nivel nacional
Fue el pasado 30 de mayo cuando fue publicada esa normatividad en el Diario Oficial de
Asimismo, en lugares con acceso al público, o en áreas interiores de trabajo, públicas o privadas, incluidas las universidades e instituciones de educación superior.
La mima ley señala que deberán existir zonas exclusivas para fumar y que estas deberán ubicarse en espacios al aire libre o en interiores aislados que dispongan de mecanismos que eviten el traslado de partículas hacia espacios libres de humo y que no sea paso obligado para los no fumadores.
Las sanciones administrativas a quien viole las disposiciones, van desde una amonestación con apercibimiento, multa, clausura temporal o definitiva del establecimiento, y arresto hasta por 36 horas.
Las multas a quienes incumplan van desde cien veces el salario mínimo general diario en la zona económica de la que se trate, hasta diez mil veces, y en caso de reincidencia se duplicará el monto de la multa que corresponda.
1 comentarios:
tiene usted muchas faltas de ortografia en sus notas
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